Nación

 jueves 13 de agosto de 2020

 

Reforma al Código Electoral

Foto: BRPRENSA

La Registraduría, el Consejo Nacional Electoral (CNE) y el Consejo de Estado, radicaron en el Ministerio del Interior un proyecto en el que proponen la modificación de este Código, que viene de 1986.

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La Registraduría, el Consejo Nacional Electoral (CNE) y el Consejo de Estado, radicaron en el Ministerio del Interior un proyecto en el que proponen la modificación de este Código, que viene de 1986.

La propuesta del nuevo código permite combinar de manera progresiva nuevas modalidades de voto entre las que se encuentran el manual, electrónico mixto presencial, electrónico remoto y anticipado.

El voto mixto hace referencia al que puede ser marcado por el votante en dispositivos electrónicos. Sin embargo, recibirá una constancia física que será depositada en las urnas.

Se propone ampliar la jornada electoral a 9 horas de 8 de la mañana hasta las 5 de la tarde, gracias a las actas digitalizadas, los escrutinios se conocerán de forma más ágil el mismo día de la votación y se puede brindar una mayor transparencia.

Se establecerá la identificación del sufragante por medios digitales a través de la implementación de sistemas biométricos de autenticación.

Se brindara transporte público gratuito el día de las elecciones hacia los puntos de votación. Esto deberá ser solicitado y gestionado por los mandatarios locales y regionales para combatir la trashumancia, un delito que se configura cuando se inscriben cédulas en lugares distintos a lo de residencia, práctica que ha sido histórica en las elecciones en el país.
Lo que busca este punto es evitar que los políticos aprovechen para brindar el transporte a los electores, especialmente en las zonas apartadas. Así mismo, combatir la abstención en el país que en ocasiones es superior al 50 por ciento.

El sufragante tendrá derecho a un día de descanso compensatorio remunerado dentro de los dos meses siguientes al día de la votación o que incluso podrá acumularlo al periodo de vacaciones.

Se eliminarían los periodos de inscripción de cédulas que se estipulan en la actualidad un año antes de las elecciones, para que se implemente un esquema en el que el Estado verifica a través del censo electoral el lugar de domicilio del ciudadano para ubicarlo en el puesto de votación más cercano.

En campaña, las redes sociales serán reguladas como propaganda política

El censo electoral, influirá en la elección de los jurados de votación ya que se cambiará el mecanismo por el cual se acudía a los jefes de recursos humanos de las empresas privadas y entidades públicas. Ahora se seleccionará por medio del censo a posibles ciudadanos que tengan las aptitudes para llevar esta tarea a cabo y cumplir con el deber.

En el caso de los partidos se busca mejorar la forma en la que se hace la inscripción de los candidatos. Y el proyecto se refiere a una modalidad que ha cogido fuerza en las últimas elecciones: la recolección firmas.

Al respecto el proyecto propone que los comités podrán empezar a registrarse ante la autoridad electoral desde un año y hasta siete meses previos a las elecciones y que la publicidad de sus procesos de recolección de firmas debe terminar seis meses antes de los comicios.

En el caso de la Registraduría se busca establecer mayores parámetros de profesionalización de su planta.

El Consejo Nacional Electoral buscará fortalecer sus competencias implementando un modelo de “consejos seccionales electorales”, que buscan que los ciudadanos en las regiones puedan apoyar los procesos del organismo electoral.
El proyecto aclara que por el Estatuto de la Oposición el segundo en votación tendrá derecho a una curul en corporaciones públicas de elección popular. Para ello tendrá 24 horas para manifestar si elige o rechaza esta opción, pero si el segundo es el voto en blanco se perderá la curul. Es decir, el segundo de Presidencia podrá ir al Congreso y los segundos en alcaldías a los consejos.

Se incrementará del 10 al 40 por ciento la cuota de género en las listas de candidatos a corporaciones públicas .
En el caso de elección popular el documento dice que “en las listas donde se elijan cinco o más curules deberán conformarse por un mínimo de 40 por ciento de mujeres, sobre el número de candidatos inscritos a la corporación”.
se busca darle mayor garantías a las mujeres en el ejercicio de sus campañas y proceso de elección para prevenir hechos de violencia psicológica, simbólica, física, entre otros.

Se establece un nuevo concepto de “violencia política contra la mujer” el cual contempla que se protegerán los derechos de las mujeres para que puedan gozar de los derechos políticos y electorales.

Fuente: BRPRENSA.

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