Boyacá

 lunes 18 de mayo de 2020

 

Coaliciones no pueden exigir derechos del régimen de bancadas: Consejo Nacional Electoral

Foto: CNE

Cada partido que conforma la coalición debe actuar de manera individual en la corporación pública y no como una coalición.

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El Consejo Nacional Electoral acogiendo las indicaciones del Gobierno Nacional de aislamiento preventivo obligatorio en el territorio Nacional para enfrentar la pandemia del COVID-19, sesionó de manera virtual para continuar con el estudio de acciones administrativas y de consulta.

Los magistrados emitieron concepto a propósito de una consulta del Concejo de Bogotá, sobre si se debe aplicar el Régimen de Bancadas a los partidos que llevaron por coalición candidatos a las Corporaciones Públicas de elección popular y por ende si se les debe aplicar los derechos que este contempla.

La sala determinó que para este caso el Régimen de Bancadas solo se aplica para los integrantes de las Corporaciones Públicas elegidos por una misma agrupación política. “El régimen de bancadas se le aplica a los partidos o movimientos políticos, más no a las coaliciones, pues es una condición meramente coyuntural para lograr escaños en una corporación pública”: explicó el presidente del CNE Hernán Penagos Giraldo.

Respecto a la pregunta de si la Coalición: Colombia Humana – UP y Mais tiene derecho a actuar como dos bancadas autónomas, la sala respondió que efectivamente así deben hacerlo, inclusive pueden adoptar de manera individual una determinada postura o posición.

La sala también conceptuó que las coaliciones NO están facultadas para designar un único vocero en las Corporaciones Públicas: “independientemente que estos hayan llegado a la curul mediante una lista inscrita por un acuerdo de coalición, el Régimen de Bancadas es aplicable solamente a los partidos o movimientos políticos que hayan tenido representación en el cuerpo colegiado”.

El Régimen de Bancadas les otorga facultades a las organizaciones que tengan representación en las Corporaciones públicas de elección popular para:
-Promover citaciones o debates y a intervenir en ellos.
-Participar con voz en las sesiones plenarias de la respectiva corporación.
-Intervenir de manera preferente en las sesiones en las que se voten proyectos normativos.
-Presentar mociones de cualquier tipo.
-Hacer interpelaciones.
-Solicitar votaciones nominales o por partes.
-Postular candidatos.

El Consejo Nacional Electoral seguirá sesionando de manera virtual hasta el 13 de abril. Desde la sala plena el CNE hace un llamado a los colombianos para que se queden en casa.

Fuente: BR con información del Consejo Nacional Electoral

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