Boyacá

 lunes 13 de abril de 2020

 

Modifican horarios de servicio en Notarías a partir de hoy por emergencia de Covid 19

Foto: Supernotariado

En municipios con una notaría habrá servicio los días lunes, miércoles y viernes. La Superintendencia de Notariado y Registro de Colombia expidió la Resolución que modifica anteriores horariosestablecidos.

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La @Supernotariado expidió las Resoluciones 03323 y 03324 de 2020, en las que se define el horario de atención de las notarías desde el 13 de abril. Los municipios con una notaría prestarán el servicio lunes, miércoles y viernes. Para los demás círculos se definió un cronograma de turnos.

Los horarios están publicados en la página web www.supernotariado.gov.co, adicionalmente cada día, en las redes
sociales de la entidad se están dando a conocer las notarías disponibles.

Se resuelve corregir el artículo segundo de la Resolución No 03323 de 2020, en el sentido de precisar que las fechas y horarios para la prestación del servicio público notarial con la precisión de que la presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición y mientras subsista la medida de aislamiento preventivo obligatorio establecida en el artículo 1 del Decreto 531 de 2020.

En efecto, la Supernotariado, a través de la resolución 3323 Y 3324 del 9 de abril de 2020, estableció para las notarías únicas que se habilitará la prestación del servicio público notarial los días lunes, miércoles y viernes de 8:00 A.M. a 1:00 P.M siempre que se encuentren ubicadas en zonas de clima cálido y templado. A su vez, para las que se encuentren ubicadas en clima frío, el horario de prestación del servicio, será de 10:00 A.M. a 3:00 P.M.

Adicionalmente se estipula, por parte de la Superintendencia de Notariado y Registro que en aquellos eventos de urgencia en los que el ciudadano requiera la prestación del servicio público notarial por fuera de los turnos establecidos, el notario lo habilitará de forma oportuna y eficaz en aras de satisfacerlo, en especial a las personas vulnerables y a los sujetos de especial protección constitucional.

Las resoluciones 3323 Y 3324 del 9 de abril de 2020 no exime la implementación de las medidas establecidas en la instrucción administrativa 04 de 2020, algunas de ellas enfocadas a los notarios mayores de 60 años, quienes podrán prestar el servicio a través un encargado; limitar el ingreso, es decir un solo usuario por trámite, sin que concurran más de cinco personas al tiempo; invitar a utilizar los medios electrónicos para el acceso a los servicio que así lo permitan, entre otras.

De otro lado, a partir de la publicación de las presentes resoluciones, se permitirá a las notarías del país, prestar el servicio a domicilio, en especial para las personas en situación de vulnerabilidad y sujetos de especial protección constitucional. Se mantiene la suspensión del mismo respecto de clínicas, hospitales y establecimientos penitenciarios y carcelarios.

Así mismo indica que durante ese término se suspenderán las demás disposiciones que le sean contrarias y modifica lo pertinente en la Resolución No 03323 de 9 de abril de 2020.

Fuente: Superintendencia de Notariado y Registro Colombia

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