Nación

 miércoles 27 de noviembre de 2019

 

Función Pública entrega guía para identificar conflicto de interés en el sector público

Foto: Función Pública

• La guía se complementa con el Código de Integridad gracias a los nuevos lineamientos en el Modelo Integral de Planeación y Gestión (MIPG).

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• La nueva publicación busca orientaciones y directrices a los servidores públicos para que identifiquen y declaren sus conflictos.

La Constitución Política de Colombia ha regulado los casos de conflicto de interés en los servidores públicos, al igual que ocurre con varios países en la región, con el objetivo de mitigar los riesgos de corrupción. Sin embargo, en el servicio público colombiano este tema no ha sido abordado lo suficiente.

Por tal razón, el Departamento Administrativo de la Función Pública pone a disposición de los servidores públicos y de la ciudadanía, la Guía para la identificación y declaración de conflictos de interés en el sector público colombiano, un material que se complementa con el Código de Integridad gracias a los nuevos lineamientos en el Modelo Integral de Planeación y Gestión (MIPG).

La nueva publicación busca orientaciones y directrices a los servidores públicos para que identifiquen y declaren sus conflictos cuando se enfrentan a situaciones en las que sus intereses personales se enfrentan con intereses propios del servicio público.

Se destacan elementos en la guía como los tres tipos de conflictos de interés que pueden aparecer en los funcionarios públicos y que se diferencian de la siguiente manera:
El primero es un conflicto de interés real en el que el servidor público se encuentra en una situación en la que debe tomar una decisión, pero existe un interés que podría influir en sus obligaciones.

El segundo tipo de conflicto de interés es el potencial, que ubica al funcionario en un escenario de decisión en el que, probablemente, su interés particular podría influir en sus obligaciones. Sin embargo, este escenario se ve a futuro, por lo que puede tomar los correctivos.

El tercer tipo de conflicto de interés es catalogado como aparente y determina una situación en donde el servidor público no tiene un interés particular, pero se debe demostrar ante planteamientos tentativos de terceros.

Finalmente, la Guía permite establecer mecanismos de identificación de estos conflictos y los procedimientos que se amparan bajo la ley.

Fuente: Función Pública Colombia

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