Boyacá

 martes 29 de mayo de 2018

 

Sanciones a prestadoras de acueducto y alcantarillado que incumplan trámites de viabilidad

Foto: Superservicios

Las entidades Prestadores de acueducto y alcantarillado que incumplan con los trámites de las solicitudes de viabilidad y disponibilidad, éstas serán sancionadas, advierte la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios, Superservicios

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Las entidades Prestadores de acueducto y alcantarillado que incumplan con los trámites de las solicitudes de viabilidad y disponibilidad, éstas serán sancionadas, advierte la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios, Superservicios

La decisión se consigna en la Circular Externa 20181000000024 de mayo de 2018, en la cual la entidad de control y vigilancia afirma que las empresas prestadoras de acueducto y alcantarillado deben garantizar la prestación continua y de calidad de los servicios públicos, así como su capacidad y disponibilidad.

Puntualiza el documento que las empresas prestadoras están obligadas a expedir la certificación de viabilidad y disponibilidad inmediata de los mencionados servicios.

Superservicios, recuerda a las empresas prestadoras de los servicios de acueducto y alcantarillado de Colombia, que deben garantizar la viabilidad y disponibilidad en las áreas del municipio donde prestan sus servicios.

La Circular Externa 20181000000024 del 18 de mayo de 2018, expedida por la Superservicios, reitera las condiciones que deben cumplir los prestadores para el trámite de las solicitudes de viabilidad y disponibilidad de los servicios de acueducto y alcantarillado, que realicen los constructores y urbanizadores en sus respectivos municipios.

El documento dispone que, además de la delimitación del Área de Prestación del Servicio, APS, la cual debe estar en concordancia con el respectivo Plan de Ordenamiento Territorial, POT y los Planes Maestros de Acueducto y Alcantarillado, de cada municipio, deben garantizar la prestación continua y de calidad de los servicios públicos. En consecuencia, el prestador tiene la obligación de cumplir con la totalidad de las normas relacionadas con el régimen tarifario vigente, la calidad del agua para consumo humano y el reglamento técnico para el sector de agua potable y saneamiento básico.

Un punto fundamental que deben tener en cuenta los prestadores de servicios públicos, es la capacidad, en consecuencia, deben contar con los recursos técnicos (garantía de abastecimiento) y económicos, para atender las demandas asociadas a las solicitudes de los servicios públicos de acueducto y alcantarillado, para poder otorgar la disponibilidad inmediata del servicio solicitado.

Fuente: Cecilia Salazar Martínez

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