Nación

 jueves 22 de diciembre de 2022

 

Autoridades no podrán desalojar forzosamente a indígenas desplazados: Corte Constitucional

Foto: Corte Constitucional

El alto tribunal determinó que las autoridades y fuerza pública deben realizar un procedimiento de identificación, antes de despejar zonas ocupadas y que no tengan permisos.

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La Corte Constitucional dio un fallo en el que le prohíbe a la fuerza pública desalojar a la fuerza a comunidades indígenas que han sido desplazadas. Esta medida fue dada, tras la revisión de una tutela impuesta por la comunidad Nasa Sek Ukwe, la cual, en el 2021, se instaló en una propiedad privada (tras ser desplazada) en el municipio de Yumbo, Valle del Cauca. Posteriormente, los dueños del lote solicitaron a las autoridades desalojarlos y fue en ese momento, en el que según la entidad judicial, se violaron los derechos de este grupo.

Según el fallo judicial, con ponencia de la magistrada Paola Meneses, las autoridades, antes de ordenar un traslado, deben hacer un proceso de identificación y caracterización. La corte, así mismo, destacó que entre el grupo que fue forzado a salir de la propiedad, habían mujeres gestantes, cabezas de hogar y personas en condición de discapacidad (sujetos de especial protección constitucional).

Además, la corte manifestó que existe el derecho a recibir la medida urgente de entregar un albergue provisional a las comunidades que han sido desplazadas y que, desde el 2021, el órgano judicial había fallado que los “indígenas no pueden quedarse sin hogar, tras ser víctimas del desplazamiento forzado”.


Fuente: BRPrensa Juan Pablo Gómez

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