Gob. de Boyacá

 miércoles 23 de marzo de 2022

 

¡Atención comunales! Quedan dos días para constituir el Tribunal de Garantías

Foto: Gobernación de Boyacá

Los organismos comunales que no realizaron elecciones el año pasado, pueden hacerlo este 24 de abril, pero deben contar con el organismo de control.

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Los organismos comunales que por alguna razón no pudieron adelantar sus elecciones el pasado 28 de noviembre, podrán llevar a cabo su elección el 24 de abril, pero para esto deben constituir el Tribunal de Garantías.
Por esta razón, la Secretaría de Gobierno y Acción Comunal del departamento, a través de la Dirección de Participación y Acción Comunal, informa a las juntas de Acción Comunal que tienen plazo hasta este jueves 24 de marzo para conformar el Tribunal de Garantías.

“Dicho Tribunal de Garantías, debe estar conformado por tres de sus afiliados, que no sean dignatarios y que no aspiren a ningún cargo directivo, para lo cual deben tener en cuenta la circular informativa y los formatos que les fueron allegados”, indicó la secretaria de Gobierno, Elided Ofelia Niño Paipa.

El Ministerio del Interior mediante Resolución N° 108 del 26 de enero de 2022, determinó que las Juntas de Acción Comunal que no llevaron a cabo las elecciones de Directivos y Dignatarios el pasado 28 de noviembre de 2021, podrán celebrar sus elecciones el 24 de abril. Sin embargo, para garantizar la transparencia electoral y velar porque las próximas elecciones se realicen en debida forma, la Dirección de Participación y Acción Comunal informa a los organismos comunales algunos cambios y requisitos exigidos por la nueva normativa para que las elecciones tengan plena validez.

1. Deben allegar el acta de elección del Tribunal de Garantías, que se debe constituir a más tardar el 24 de marzo de 2022. Este debe estar integrado por afiliados que no sean dignatarios y que no aspiren a dichos cargos.

2. Allegar copia del libro de afiliados, allí se les permitirá el derecho de inscripción con firma y huella hasta el 8 de abril próximo. Dicho libro deberá cerrarse a esa fecha por lo que el secretario y los tres miembros del Tribunal deben certificar el hecho.

3. Se debe garantizar que por lo menos el 30% de los cargos de los OAC sean ocupados por mujeres.

De otra parte, se deben anexar documentos para el registro de nuevos dignatarios como:

• Acta de constitución del Tribunal de Garantías

• Acta de elección firmada por el presidente, secretario y los tres integrantes del Tribunal de Garantías.

• Listado de asistencia a la Asamblea de Elección cumpliendo los requisitos de Quórum y participación.

• Allegar listas o planchas postuladas para la elección.

• Si en la elección se presentaron dos o más listas, especificar en qué forma se realizó la distribución de cargos, conforme al cuociente electoral.

• Copia de documentos de identidad de los nuevos dignatarios.

• Documentos que tengan relación directa con la elección y se encuentren en los estatutos.

• No se debe observar ningún tipo de incompatibilidad.

• Para cargos de fiscales y delegados de organismos superiores se debe inscribir suplentes.

• Certificar por parte del secretario el cierre del libro de afiliados y custodia hasta el día de elecciones.

• Entregar copia del documento de identidad de cada uno de los dignatarios y miembros del Tribunal de Garantías.

La secretaria de Gobierno informó que el pasado 28 de noviembre, solamente se llevó a cabo el 60% de las elecciones de juntas de Acción Comunal, por tanto, queda pendiente el 40% de elegir sus representantes y dignatarios.

“Esta es la oportunidad para ejercer su derecho a la participación y de esa forma también vincular a más jóvenes para que sean líderes comunales”, concluyó la secretaria de Gobierno, Elided Ofelia Niño Paipa.

Fuente: Gobernación de Boyacá

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