Nación

 miércoles 02 de julio de 2014

 

La restitución de tierras: entre avances y obstáculos

Foto: www.colombia.com

Hace tres años se expidió la Ley de víctimas y el proceso de restitución de tierras completa dos años y medio. No es un éxito pleno como dice el gobierno, ni un fracaso rotundo como dicen sus críticos. Así lo muestran los hechos y los datos.

Esta noticia la leyeron 30229 personas

Cifras poco alentadoras

Mucho se ha escrito sobre los resultados del proceso de restitución de tierras, y la mayoría de observadores y analistas coinciden en afirmar que hay avances importantes pero también grandes obstáculos para llegar a la meta de revertir el despojo forzado en el país.

Aunque coincidimos en que existen dificultades, me distancio de la percepción que tiende a calificar esta política como un fracaso.

En primer lugar, es importante reiterar que la restitución fue concebida como un procedimiento mixto en varias etapas:

- Una administrativa, a cargo de la Unidad de Restitución de Tierras,

- Otra judicial, de la que son responsables jueces y magistrados especializados en restitución,

- Y una posterior al fallo, donde intervienen la Unidad de Restitución, los jueces o magistrados, y otras instituciones del Estado con competencias en la materia.

Hasta mayo de 2014, la Unidad de Restitución de Tierras había recibido 63.951 solicitudes, y había adelantado trámites con respecto a 23.917. Si bien se ha finalizado el trámite administrativo de 10.016 casos, no todos podrán ser objeto de demanda.

asta mayo de 2014, la Unidad de Restitución de Tierras había recibido 63.951 solicitudes, y había adelantado trámites con respecto a 23.917.

Según Ricardo Sabogal, director de la Unidad, aproximadamente 4.000 de esos casos no irán a la etapa judicial porque no cumplen los requisitos exigidos en la ley. La Unidad ha presentado 3.529 demandas solicitando la restitución de aproximadamente 300 mil hectáreas.

En relación con la etapa judicial, a comienzos de Junio jueces y magistrados de restitución habían proferido 538 fallos, resolviendo 1.204 solicitudes. Estas sentencias ordenaron la restitución de 1.056 predios, sobre un total de 28.792 hectáreas.

Si bien estas cifras son desalentadoras, un balance adecuado exige evaluar otros componentes de la política.

Los avances

El primer avance ha sido consolidar una institucionalidad especializada en restitución, la cual está conformada por 17 direcciones territoriales y 21 oficinas de atención al público de la Unidad de Restitución y 39 jueces, un juez itinerante y 15 magistrados especializados en restitución.

Adicionalmente, tanto funcionarios de la Unidad de Restitución como jueces y magistrados han dado aplicación a la justicia transicional, a los principios de derechos humanos y al derecho a la reparación integral y transformadora, a fin de reconocer la condición de las víctimas y proteger su derecho fundamental a la restitución de tierras.

En línea con lo anterior han surgido reflexiones institucionales sobre las implicaciones sustantivas y probatorias de este enfoque para el proceso de restitución, dejando a un lado el rigor formal que se exige en otros campos del derecho. Algunos ejemplos son:

- La adopción de los principio pro víctima y de dignidad humana,

- El uso de la presunción de buena fe en favor de la víctima,

- El uso de las presunciones de despojo,

- La inversión de la carga de la prueba, y

- La flexibilidad probatoria.

Otro avance importante son las facultades excepcionales de los jueces y magistrados de restitución y las órdenes que vienen incorporando en sus fallos. En virtud de estas facultades los jueces han acumulado procesos (resolviendo sucesiones, declaraciones de muerte presunta, procesos policivos) y han anulado decisiones de autoridades del Estado y contratos celebrados entre víctimas y terceros.

Así mismo han ordenado:

- La formalización de derechos de propiedad,

- La restitución de predios urbanos,

- La entrega de viviendas, subsidios de vivienda o subsidio integral de tierras (subsidio para la adecuación de tierra, asistencia técnica agrícola, e inclusión en programas productivos),

- La exoneración de pagos de impuesto predial,

- La adopción de medidas de alivio de pasivos,

- La gestión para garantizar el acceso a servicios públicos y la adecuación de vías,

- El pago de compensaciones en favor de otras víctimas de despojo del mismo predio, o de la víctima solicitante cuando ella no puede retornar por situaciones que ponen en riesgo su vida, su seguridad o su integridad personal.

Por: Aura Patricia Bolívar Jaime

VER NOTA COMPLETA AQUÍ

Fuente: razonpublica.com

Esta noticia la leyeron 30229 personas

Noticias Relacionadas

Publicidad
Publicidad

Conoce el sistema radial Online del Grupo Red Andina Radio & TV. Donde sus selectos oyentes y visitantes pueden complacer su oido con las mejores notas músicales con un variado listado de emisoras


Copyright © 2021
El uso de este sitio web implica la aceptación de los Términos y Condiciones de Boyacá Radio
Prohibida su reproducción total o parcial, así como su traducción a cualquier idioma sin autorización escrita de su titular Boyacá Radio.


La restitución de tierras: entre avances y obstáculos