Nación

 sábado 12 de junio de 2021

 

Colombia ya puede exportar gelatina a República Dominicana

Foto: Agronegocios

El Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos -Invima, informa que Colombia puede exportar gelatina destinada al consumo humano a República Dominicana

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Lo anterior teniendo en cuenta que la Dirección General de Ganadería- DIGEGA, autoridad sanitaria de República Dominicana, aceptó la propuesta de certificado sanitario para la exportación de desde Colombia hacia este país.

Esto es resultado de un trabajo articulado entre el Invima con las autoridades sanitarias de otros países, dando respuesta con ello a los intereses del sector privado colombiano de exportar productos de consumo humano.

“La formalización de este mercado es una nueva oportunidad para el sector privado. La estrategia de diplomacia sanitaria desarrollada por Invima permite materializar nuevas oportunidades para el sector productivo y brindar soluciones a nuestro país” recalcó Julio César Aldana Bula, director general de Invima.

Las plantas que deseen exportar gelatina a República Dominicana deberán demostrar el cumplimiento de los siguientes requisitos sanitarios:
- La gelatina debe ser obtenida a partir de pieles de vacuno y/o porcinos, que procedan de fincas bajo condiciones sanitarias aprobadas por la autoridad competente.
- Las pieles a partir de las cuales se elabora la gelatina deben proceder de mataderos que cuenten con supervisión oficial.
- Los animales de donde se obtuvieron las pieles deben presentar resultados favorables a la inspección ante y post-mortem.
- El proceso térmico al cual fueron sometidas las pieles para la obtención de la gelatina debe estar descrito en el certificado, especificando tiempos y temperaturas.
- El establecimiento donde se procesa la gelatina debe contar con procesos que eviten la contaminación cruzada con materiales de riesgo para encefalopatía espongiforme bovina.
- El establecimiento donde se procese la gelatina debe encontrarse bajo la supervisión de la autoridad oficial competente del país de origen.
-El producto debe ser apto para el consumo humano:
-El producto debe ser inspeccionado en el puerto de origen por la autoridad sanitaria.

Fuente: Boyacá Radio PRENSA -Cecilia- con información de Invima

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