Nación

 sábado 03 de abril de 2021

 

Registraduría Nacional subsanó error de Notaría que canceló cédula de persona viva

Foto: Registraduria Nacional del Estado Civil

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Por inadecuado manejo del sistema de reporte de defunciones por parte de la Notaría Primera del Circuito de Santa Marta al momento de grabar el registro civil de defunción fue cancelada cédula de ciudadanía de persona viva

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Sobre el caso de la señora Francia Helena Hernández Acendra, la Registraduría Nacional del Estado Civil, se permite informar que:

Nos encontramos frente a una evidente equivocación que llevó a la cancelación –“por muerte”- de la cédula de ciudadanía, perteneciente a la señora Francia Helena Hernández Acendra.

El error fue generado al momento de la inscripción de un registro civil de defunción, por parte de la Notaría Primera del Circuito de Santa Marta. En dicho registro se digitó de manera equivocada el número de la cédula de una persona fallecida y en su lugar se transcribió el número de documento expedido a nombre de la señora Francia Helena Hernández Acendra.

Además, se presentó un inadecuado manejo del sistema de reporte de defunciones por parte de la Notaría Primera del Circuito de Santa Marta cuando grabaron el registro civil de defunción; porque más allá del número de cédula, los funcionarios de la notaría tenían que comparar los nombres y apellidos reportados por el sistema del Archivo Nacional de Identificación (ANI), con relación a los datos de la persona fallecida.

La Registraduría Nacional del Estado Civil subsanó el error provocado por la precitada notaría con el fin de restablecer la vigencia de la cédula de ciudadanía de la señora Francia Helena Hernández Acendra.

La Registraduría Nacional del Estado Civil llama la atención a todas las oficinas con función registral para que los trámites de registro civil y de identificación sean diligenciados de manera cuidadosa, en cumplimiento de la ley y de las directrices impartidas, en caso de evidenciarse una conducta contraria, la Registraduría iniciará las actuaciones administrativas a las que haya lugar.

Fuente: Boyacá Radio PRENSA con información de la Registraduría Nacional del Estado Civil

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