Nación

 martes 22 de diciembre de 2020

 

Fechas para declaración de renta de personas naturales y de sucesiones ilíquidas en 2021

Foto: Alfredo López Auditores y Consultores

Fechas fijadas en el decreto 1680 de 2020 del Ministerio de Hacienda y Crédito Público

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Por el año gravable 2020 deberán presentar la declaración del impuesto sobre la renta y complementarios, en el formulario prescrito por la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN, las personas naturales y las sucesiones ilíquidas, con excepción de las señaladas en el artículo 1.6.1.13.2.7. del presente Decreto, así como los bienes destinados a fines especiales en virtud de donaciones y asignaciones modales, cuyos donatarios o asignatarios no los usufructúen personalmente, y las personas naturales no residentes que obtengan renta a través de establecimientos permanentes en Colombia.

El plazo para presentar la declaración y cancelar en una sola cuota, el valor a pagar por concepto del impuesto sobre la renta y complementarios y del anticipo, vence en las fechas del mismo año que se indican a continuación, atendiendo los dos (2) últimos dígitos del Número de Identificación Tributaria ­ NIT del declarante que conste en el certificado del Registro Único Tributario ­ RUT, sin tener en cuenta el dígito de verificación, así:

Si los dos últimos dígitos son 01 y 02 hasta el día 10 de agosto de 2021
Si los dos últimos dígitos son 03 y 04 hasta el día 11 de agosto de 2021
Si los dos últimos dígitos son 05 y 06 hasta el día 12 de agosto de 2021
Si los dos últimos dígitos son 07 Y 08 hasta el día 13 de agosto de 2021
Si los dos últimos dígitos son 9 Y 10 hasta el día 17 de agosto de 2021
Si los dos últimos dígitos son 11 Y 12 hasta el día 18 de agosto de 2021
Si los dos últimos dígitos son 13 Y 14 hasta el día 19 de agosto de 2021
Si los dos últimos dígitos son 15 Y 16 hasta el día 20 de agosto de 2021
Si los dos últimos dígitos son 17 Y 18 hasta el día 23 de agosto de 2021
Si los dos últimos dígitos son 19 Y 20 hasta el día 24 de agosto de 2021
Si los dos últimos dígitos son 21 Y 22 hasta el día 25 de agosto de 2021
Si los dos últimos dígitos son 23 Y 24 hasta el día 26 de agosto de 2021
Si los dos últimos dígitos son 25y 26 hasta el día 27 de agosto de 2021
Si los dos últimos dígitos son 27 y 28 hasta el día 30 de agosto de 2021
Si los dos últimos dígitos son 29 y 30 hasta el día 31 de agosto de 2021
Si los dos últimos dígitos son 31 y 32 hasta el día 1 de septiembre de 2021

Si los dos últimos dígitos son 33 y 34 hasta el día 2 de septiembre de 2021
Si los dos últimos dígitos son 35 Y 36 hasta el día 3 de septiembre de 2021
Si los dos últimos dígitos son 37 Y 38 hasta el día 6 de septiembre de 2021
Si los dos últimos dígitos son 39 Y 40 hasta el día 7 de septiembre de 2021
Si los dos últimos dígitos son 41 Y 42 hasta el día 8 de septiembre de 2021
Si los dos últimos dígitos son 43 Y 44 hasta el día 9 de septiembre de 2021
Si los dos últimos dígitos son 45 Y 46 hasta el día 10 de septiembre de 2021
Si los dos últimos dígitos son 47 Y 48 hasta el día 13 de septiembre de 2021
Si los dos últimos dígitos son 49 Y 50 hasta el día 14 de septiembre de 2021
Si los dos últimos dígitos son 51 Y 52 hasta el día 15 de septiembre de 2021
Si los dos últimos dígitos son 53 Y 54 hasta el día 16 de septiembre de 2021
Si los dos últimos dígitos son 55 Y 56 hasta el día 17 de septiembre de 2021
Si los dos últimos dígitos son 57 Y 58 hasta el día 20 de septiembre de 2021
Si los dos últimos dígitos son 59 Y 60 hasta el día 21 de septiembre de 2021
Si los dos últimos dígitos son 61 Y 62 hasta el día 22 de septiembre de 2021
Si los dos últimos dígitos son 63 Y 64 hasta el día 23 de septiembre de 2021
Si los dos últimos dígitos son 65 Y 66 hasta el día 24 de septiembre de 2021
Si los dos últimos dígitos son 67 Y 68 hasta el día 27 de septiembre de 2021
Si los dos últimos dígitos son 69 Y 70 hasta el día 28 de septiembre de 2021
Si los dos últimos dígitos son 71 Y 72 hasta el día 29 de septiembre de 2021
Si los dos últimos dígitos son 73 Y 74 hasta el día 30 de septiembre de 2021
Si los dos últimos dígitos son 75 Y 76 hasta el día 1 de octubre de 2021
Si los dos últimos dígitos son 77 Y 78 hasta el día 4 de octubre de 2021
Si los dos últimos dígitos son 79 Y 80 hasta el día 5 de octubre de 2021
Si los dos últimos dígitos son 81 Y 82 hasta el día 6 de octubre de 2021
Si los dos últimos dígitos son 83 Y 84 hasta el día 7 de octubre de 2021
Si los dos últimos dígitos son 85 Y 86 hasta el día 8 de octubre de 2021
Si los dos últimos dígitos son 87 Y 88 hasta el día 11 de octubre de 2021
Si los dos últimos dígitos son 89 Y 90 hasta el día 12 de octubre de 2021
Si los dos últimos dígitos son 91 Y 92 hasta el día 13 de octubre de 2021
Si los dos últimos dígitos son 93 Y 94 hasta el día 14 de octubre de 2021
Si los dos últimos dígitos son 95 Y 96 hasta el día 15 de octubre de 2021
Si los dos últimos dígitos son 97 Y 98 hasta el día 19 de octubre de 2021
Si los dos últimos dígitos son 99 Y 00 hasta el día 20 de octubre de 2021

Se dispone en el mismo decreto que las personas naturales residentes en el exterior deberán presentar la declaración del impuesto sobre la renta y complementarios en forma electrónica y dentro de los plazos antes señalados. Igualmente, el pago del impuesto y el anticipo podrán efectuarlo electrónicamente o en los bancos y demás entidades autorizadas en el territorio colombiano dentro del mismo plazo".

Fuente: Boyaca Radio PRENSA con información del MinHacienda

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