Boyacá

 sábado 18 de julio de 2020

 

Tenga en cuenta las excepciones en cuanto a las medidas decretadas en Tunja para este fin de semana

Foto: Boyaca Radio Prensa

La capital Boyacense entra en toque de queda a partir de este sábado 18 hasta el martes 21 de julio. Recuerde que no se permite actividad física durante el puente festivo en la ciudad

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El pasado viernes 17 de julio, Alejandro Fúneme alcalde de Tunja expidió el Decreto 0219 por medio del cual se establece el toque de queda en la capital de los boyacenes a partir del 18 de julio hasta del 21 de julio desde las 3:00 p.m. Hasta las 5:00 a.m..

El mandatario anuncio que la medida de pico y cédula junto a la ley seca se mantienen durante este fin de semana, de igual forma recalco que no habrá actividad física en la ciudad.


Dentro de las medidas anunciadas por el mandatario de los tunjanos se establecieron las siguientes 14 excepciones, recuerde salir de su casa tan solo si es necesario.

1. Actividades relacionadas con misión u operación de servicios de salud.

2. Distribución de medicamentos y productos farmacéuticos.

3. Servicios de emergencias médicas, incluidas las veterinarias.

4. Servicios funerarios con cumplimiento de protocolos.

5. Fuerzas Militares, Policía Nacional, Inpec y Organismos de Socorro.

6. Servicio público técnico de mantenimiento correctivo para la prestación de
servicios públicos esenciales.

7. Servicios de distribución y comercialización de combustibles.

8. Servicios de vigilancia y seguridad privada en el ejercicio de sus funciones.

9. Comisarías de familia e inspecciones de policía de turno.

10. Abastecimiento en supermercados, placitas campesinas y demás establecimientos de comercio para la canasta familiar y productos de primera necesidad.

11. Servicios puerta a puerta de domicilios.

12. Locales y establecimientos para el servicio de gastronomía (restaurantes), únicamente por medio de plataformas de comercio electrónico o por entrega a domicilio en el horario de 10:00 a.m. a 9:00 p.m.

13. El desplazamiento y comparecencia de funcionarios públicos que garanticen la protección de derechos fundamentales, colectivos y actuaciones administrativas, debidamente acreditados.

14. Medios de comunicación y empresas de Telecomunicaciones.







Fuente: Andres Granados BRPrensa

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