Gob. de Boyacá

 martes 07 de julio de 2020

 

Secretaría de Turismo informa sobre lineamientos para el funcionamiento de establecimientos gastronó

Foto: Gobernación de Boyacá

Gobierno Nacional reglamentó la prestación de servicios de restaurantes en los municipios que aún no reportan casos de este coronavirus.

Esta noticia la leyeron 29922 personas

Mediante Decreto 847 del 14 de junio de 2020, el Gobierno Nacional estableció algunas modificaciones para el funcionamiento de establecimientos gastronómicos y servicios religiosos en los municipios certificados sin afectación de COVID-19.

En el artículo 2, parágrafo 3, del citado Decreto, se establece que “para los municipios sin afectación del Coronavirus COVID-19 se permitirá, que de acuerdo con planes piloto que se autoricen por los alcaldes en coordinación con el Ministerio del Interior, los establecimientos y locales gastronómicos puedan brindar atención al público en el sitio, siguiendo los protocolos de bioseguridad que autorice el Ministerio de Salud y Protección Social”.

Dentro de las consideraciones del Decreto, se tomó en cuenta que la Oficina de Estudios Económicos del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, en el documento "Proyecciones e impacto en Colombia del COVID-19" de fecha 27 de mayo de 2020, indicó: “… Los ocupados de restaurantes representaron el 6.82% del total de los ocupados en 2019. Se estima que los efectos de la crisis del COVID-19 generarán una contracción en promedio del 37% en el año en esta actividad, con caídas mayores al 60%, entre los meses de junio y octubre".

Adicionalmente, la Secretaria de Turismo de Boyacá invita a consultar y aplicar la Resolución 1050 del 26 de junio de 2020, “Por medio de la cual se adoptan los protocolos de bioseguridad para el manejo y control del riesgo del Coronavirus COVID-19, en cuanto al servicio de “entrega para llevar”, para las actividades de expendio a la mesa de comidas preparadas (CIIU 5611);expendio por autoservicio de comidas preparadas (CIIU 5612); expendio de comidas preparadas en cafeterías (CIIU 5613); otros tipos de expendio de comidas preparadas n.c.p. (CIIU 5619); actividades de catering para eventos y otros servicios de comidas (CIIU 562); así como el protocolo de bioseguridad en los servicios de expendio a la mesa de comidas preparadas (CIIU 5611); expendio por autoservicio de comidas preparadas (CIIU 5612); expendio de comidas preparadas en cafeterías (CIIU 5613) y otros tipos de expendio de comidas preparadas n.c.p. (CIIU 5619) dentro del establecimiento para municipios autorizados por el Ministerio de Salud y Protección Social”.

“Estas noticias son alentadoras para el sector, dado que los establecimientos de servicios gastronómicos podrán brindar servicios en los municipios de Boyacá que a la fecha no tienen casos de COVID-19; eso sí, desde la Administración Departamental insistimos en la aplicación de todas las normas y medidas de bioseguridad, que nos garanticen el cuidado de la salud de trabajadores y clientes”, afirmó el secretario de Turismo de Boyacá, Antonio Leguízamo.

Descargar Decreto 847 del 14 de junio de 2020

Descargar Resolución 1050 del 26 de junio de 2020

Se espera que estas normativas permitan que muchas personas que trabajan en el sector de alimentos puedan conservar sus empleos y que la economía de los municipios se dinamice de manera gradual.

Fuente: Gobernación de Boyacá

Esta noticia la leyeron 29922 personas

Noticias Relacionadas

Publicidad
Estados Financieros

Conoce el sistema radial Online del Grupo Red Andina Radio & TV. Donde sus selectos oyentes y visitantes pueden complacer su oido con las mejores notas músicales con un variado listado de emisoras


Copyright © 2021
El uso de este sitio web implica la aceptación de los Términos y Condiciones de Boyacá Radio
Prohibida su reproducción total o parcial, así como su traducción a cualquier idioma sin autorización escrita de su titular Boyacá Radio.


Secretaría de Turismo informa sobre lineamientos para el funcionamiento de establecimientos gastronó