Nación

 lunes 15 de junio de 2020

 

Red Nacional de Bibliotecas Públicas se prepara para la apertura gradual

Foto: MinCultura

La apertura, que será autorizada exclusivamente por las autoridades locales, se realizará de manera gradual y por fases, de acuerdo con los lineamientos definidos por la Biblioteca Nacional de Colombia.

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El Ministerio de Salud y Protección Social aprobó el protocolo de bioseguridad para el manejo y control del riesgo del coronavirus COVID-19 en el funcionamiento de las bibliotecas.

Esto se da luego de la expedición del Decreto 749 del 28 de mayo, a través del cual la Presidencia de la República amplió a partir del 1 de junio las excepciones a la limitación de la libre circulación de las personas en el marco del aislamiento preventivo obligatorio, incluyendo las bibliotecas en las actividades definidas para garantizar el derecho a la vida, a la salud en conexidad con la vida y la supervivencia.

El decreto viabiliza que los gobernadores y alcaldes puedan autorizar el derecho de circulación de las personas para hacer uso de estos servicios. De esta manera, y en el marco del decreto, el Ministerio de Salud expidió la Resolución 891 de 2020, por medio de la cual se adopta el protocolo de bioseguridad para el manejo y control del riesgo del COVID-19 en el funcionamiento de las bibliotecas.

Este protocolo es de carácter sectorial, de obligatorio cumplimiento en todo el territorio nacional y complementa la Resolución 666 del 24 de abril de 2020 correspondiente al protocolo general de bioseguridad, orientado a minimizar los factores que pueden generar la transmisión de la enfermedad, y que debe ser implementado por los empleadores y trabajadores del sector público y privado que requieran desarrollar sus actividades durante el periodo de la emergencia sanitaria.

La apertura de las bibliotecas públicas será autorizada exclusivamente por las autoridades locales, previo cumplimiento y aplicación sin excepción de la Resolución 891 de 2020 y las disposiciones del Decreto 749 del 28 de mayo de 2020. Cada entidad territorial deberá establecer su plan de apertura y de prestación de servicios, de conformidad con la situación específica de la emergencia sanitaria por el COVID-19 y las disposiciones específicas de cada entidad territorial, así como garantizar la aplicación del protocolo general de bioseguridad y el protocolo específico para las bibliotecas.

Para la apertura de las instalaciones de la biblioteca y la prestación presencial de sus servicios, se deberán tramitar el registro, las autorizaciones y verificación de los protocolos, de acuerdo con los procedimientos y entidades determinadas en cada municipio o ciudad.

En este sentido, desde la función de la Biblioteca Nacional de Colombia como entidad coordinadora de la RNBP se elaboró un documento técnico de lineamientos para la apertura de las instalaciones y servicios presenciales de las bibliotecas públicas, a través del cual se establece una apertura gradual y por fases a partir del mes de junio de 2020.

Las bibliotecas no solo son una fuente de información confiable durante la pandemia, también son un centro de recursos y servicios que proporciona a las comunidades y los ciudadanos apoyo en sus procesos educativos, productivos y sociales. Las bibliotecas son esenciales también en los procesos de cultura ciudadana y de recuperación de la confianza y el tejido social fragmentados en tiempos de crisis.

Una vez la comunidad vuelva a sus actividades cotidianas (con las debidas medidas sanitarias y en el marco de las orientaciones dadas por el Gobierno Nacional y las autoridades locales), los bibliotecarios públicos del país deberán disponer los espacios de las bibliotecas públicas para que la comunidad recupere, transforme y dé valor a su vida en común: las personas, los lugares, las historias de vida y los problemas sociales que se hicieron evidentes en el marco del aislamiento preventivo, como una oportunidad para el reconocimiento colectivo en términos de solidaridad y empatía.

Fuente: BR con información de MinCultura Colombia

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