Nación

 jueves 28 de mayo de 2020

 

Fiscalía deberá pagar mas de 500 millones a Exsenador Rafael Flechas por detención injusta

Foto: Consejo de Estado

La Rama Judicial y la Fiscalía deberán pagarle al exsenador Rafael Antonio Flechas y a su familia más de 500 millones de pesos, luego de que el Consejo de Estado condenara a esa entidad por haber detenido injustamente al exparlamentario

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En el periodo comprendido entre el 14 de mayo del 2001 y el 1º de agosto del 2003, el exparlamentario fue detenido en dos ocasiones, acumulando una suma de seis meses privado de su libertad, como consecuencia de un proceso penal que enfrentó por concusión y frente al cual fue hallado inocente el 18 de diciembre del 2008.

Ante la decisión absolutoria de la justicia penal, el exlegislador interpuso una demanda de reparación directa, con la intención de que le fuera resarcido el daño que él y su familia sufrieron como consecuencia de las medidas que le impidieron el ejercicio pleno de su libertad, sin que tales determinaciones estuvieran justificadas.

La acción, que en primera instancia conoció el Tribunal Administrativo de Cundinamarca, derivó en la condena que, solidariamente, debían asumir la Fiscalía y la Rama Judicial. El órgano de la jurisdicción de lo contencioso administrativo condenó a estas entidades a pagarle al exsenador Flechas y a sus familiares más de 360 millones de pesos.

El demandante apeló la decisión, en aras a que el Consejo de Estado aumentara el monto del resarcimiento a más de 1.400 millones de pesos, sumados a los emolumentos que dejó de percibir durante el tiempo en el cual estuvo marginado de su curul, muchos de los cuales, a su juicio, no fueron tenidos en cuenta por el Tribunal.

El Consejo de Estado admitió que la reparación concedida por el Tribunal para cada uno de los familiares era inferior a la que realmente tenían derecho, lo que dio lugar a una modificación del valor de la condena a favor de su esposa, hijos y hermanos. Frente a las demás pretensiones económicas, la alta corte ratificó el cálculo que se hizo en primera instancia y actualizó los valores reconocidos.

Además, consideró que el Tribunal también se equivocó al negar el llamado daño a la vida en relación, es decir, las consecuencias negativas para la vida de la víctima como producto del daño. Al concluir que el afectado sí demostró que su reputación ante sus allegados se vio afectada por su detención, el Consejo de Estado ordenó a las demandadas reparar al exlegislador mediante la publicación de la sentencia, en la que se señala que este fue detenido injustamente.

El fallo se puede consultar en:
http://www.consejodeestado.gov.co/wp-content/uploads/2020/05/CondenaRamaJudi.pdf

Fuente: Consejo de Estado Colombia

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