Boyacá

 viernes 24 de abril de 2020

 

No salir de casa para registrar a Niños recién nacidos

Foto: Debate

No asistir a Registradurías y Notarías se encuentran entre las medidas que combaten el Covid-19. Le mostramos los pasos a seguir para realizar este tipo de trámites.

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Como en todos los ámbitos sociales, laborales e institucionales, el registro para recién nacidos ha sido modificado de modo que se dé cumplimiento a la cuarentena. Por tal razón para realizar este tipo de trámites en Boyacá se establecieron los siguientes parámetros:

1. Persona declarante del nacimiento: Están en el deber de denunciar el nacimiento de una persona y serán los únicos que podrán solicitar su inscripción en el registro, siempre y cuando están debidamente identificados: el padre o la madre, los demás ascendientes, los parientes mayores más próximos, el director o administrador de la entidad de salud pública donde ocurrió el nacimiento, la persona que haya recogido al recién nacido abandonado, el propio interesado mayor de 18 años, el defensor de familia o en caso de que en el lugar no haya uno, el Comisario de Familia. Si no existe ninguno de los anteriores, será el Inspector de Policía.

2. Lugar y plazo de inscripción: Podrán hacerse en las notarías autorizadas de acuerdo con los turnos establecidos por la SNR en las Resoluciones 3323 y 3324 de 2020. Cuando la inscripción del nacimiento en el registro civil no pueda hacerse dentro del plazo legalmente determinado (un mes), los declarantes podrán realizarlo posteriormente, sin que se entienda que es de manera extemporánea, el documento antecedente seguirá siendo el Certificado de Nacido Vivo.

3. Documento antecedente para la inscripción: El nacimiento debe ser acreditado por el Certificado de Nacido Vivo, diligenciado por el profesional médico que se encuentre capacitado e inscrito en las Direcciones de Salud y que atienda el suceso.

4. No será necesario llevar al menor para el trámite: para salvaguardar sus derechos y mitigar el riesgo de propagación del Covid-19, en las inscripciones que se hagan durante la emergencia sanitaria no deberá estar el menor en la oficina registral o en la notaría y no se tomarán huellas plantares ni las impresiones dactilares. Durante este periodo no se utilizarán los equipos biométricos. Deben llevar documento de identificación original de la madre y fotocopia legible por ambas caras.

Fuente: BR - Angie Sánchez

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