Política

 miércoles 23 de octubre de 2019

 

Gobierno Nacional firmó decreto para garantizar el orden público en las elecciones del 27 de octubre

Foto: Periódico Cuarto Poder Tunja

A través del Decreto Presidencial 1916 del 21 de octubre de 2019, se adoptan medidas para la conservación del orden público para el normal desarrollo de la elección de gobernadores, alcaldes, diputados, concejales y ediles o miembros de las JAL del próximo 27 de octubre de 2019 y se dictan otras disposiciones.

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El decreto en la parte resolutiva dispone textualmente:

“Artículo 1. Porte de armas. La suspensión del porte armas se regirá por lo dispuesto en el Decreto 2362 del 24 de diciembre 2018.

Artículo 2. Realización de actos de carácter político. A partir del lunes 21 de octubre de 2019 y hasta el lunes 28 octubre de 2019, los actos de carácter político solo podrán realizase en recintos cerrados.

Artículo 3. Cierre de pasos terrestres y fluviales fronterizos. Ordénese el cierre de los pasos terrestres y fluviales autorizados de frontera, durante el lapso comprendido entre las 0.00 horas del 26 de octubre de 2019 y hasta las 4.00 p.m. del 27 de octubre de 2019.

Parágrafo 1. Cierre de Frontera terrestre y fluvial con la República Bolivariana de Venezuela. Ordénese el cierre de los pasos terrestres y fluviales autorizados de frontera con la República Bolivariana de Venezuela, de la siguiente manera: Durante el lapso comprendido entre las 0:00 horas del 24 de octubre de 2019 y hasta las 4:00 p.m. del 27 de octubre de 2019.

Parágrafo 2. Las medidas deben incluír los controles migratorios en los puestos terrestres y fluviales fronterizos. Se exceptúan de la restricción, los tránsitos que deban realizarse por razones de caso fortuito o fuerza mayor, así como los Tránsitos Aduaneros Internacionales de Mercancías que se encuentren autorizados desde una Aduana de
partida ubicada en exterior o por una aduana colombiana; que por términos deban cruzar la frontera para darle cumplimiento al Régimen de Tránsito.

Artículo 4. Vigencia. Este decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá D.C a los 21 días del mes de octubre de 2019 ”
El documento está firmado por el Presidente de la República, la Ministra del Interior, el Viceministro de Relaciones Exteriores, encargado de las funciones del Despacho del Ministro de Relaciones Exteriores, el Comandante General de las Fuerzas Militares, encargado de las funciones del despacho del Ministro de Defensa Nacional y la Ministra de Transporte.

Fuente: Ministerio del Interior Colombia

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