Nación

 sábado 06 de julio de 2019

 

Procuraduría sancionó con suspensión de ocho meses a alcalde de Sogamoso

Foto: Procuraduria General de la Nación

La Procuraduría General de la Nación sancionó con suspensión de ocho meses al alcalde de Sogamoso (Boyacá) y presidente de la junta directiva de la Empresa de Servicios de Sogamoso –Coservicios S.A. E.S.P., Sandro Néstor Condía Pérez.

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La decisión la tomó por ordenar el cierre del relleno Sanitario “Terrazas del Porvenir”, sin tener los estudios técnicos necesarios para adoptar esta medida.

El ente de control declaró probados los cargos formulados al disciplinado y estableció que el mandatario local tomó la decisión sin contar con los estudios de estabilidad de taludes para precisar la vida útil del sitio de disposición final de residuos sólidos.

Así mismo, la Procuraduría determinó que Condía Pérez se extralimitó al ordenar a la empresa de servicios públicos la suspensión del recibo de residuos sólidos en el Relleno Sanitario “Terrazas del Porvenir”, provenientes de Sogamoso y 43 municipios de Boyacá, sin tener la competencia de tomar esta determinación de manera unilateral.
La Procuraduría advirtió que, si bien el alcalde debía garantizar la disposición final de los residuos sólidos de Sogamoso, no podía privar del servicio a 43 municipios que hacían uso del relleno, teniendo en cuenta que uno de los pilares en que se sustenta la prestación de los servicios públicos es la continuidad.

Puntualizó que el mandatario local no actuó con el cuidado necesario que cualquier persona del común despliega en sus actuaciones, toda vez que, con la medida adoptada a través del oficio del 18 de octubre de 2017, puso en riesgo de una emergencia sanitaria a varios municipios de Boyacá que disponían los residuos sólidos en el relleno sanitario.
En decisión de segunda instancia, el órgano de control calificó la extralimitación de funciones como grave a título de culpa gravísima, mientras que el haber adoptado la medida sin tener estudios técnicos, se calificó como falta gravísima a título de culpa grave.

Fuente: Procuraduría General de la Nación

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