Gob. de Boyacá

 lunes 14 de enero de 2019

 

Con acción de tutela, ESPB solicita que administración de Sogamoso reciba obras de relleno sanitario

Foto: Oficina Asesora de Comunicaciones y Protocolo

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Legalmente, la única entidad que puede recibir la infraestructura es la alcaldía, la cual ha sido renuente a hacerlo.

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Boletín oficial - Oficina de prensa de la Gobernación de Boyacá

Ciudadanos de 44 municipios del departamento están viendo vulnerados una serie de derechos fundamentales (vida digna, ambiente sano, salubridad, entre otros) ante la renuencia de la administración de Sogamoso de recibir las obras del nivel C de la terraza 12 del relleno sanitario Terraza del Porvenir.

Teniendo en cuenta lo anterior, la gerente de la Empresa Departamental de Servicios Públicos de Boyacá (ESPB), Marietha Ávila, instauró acción de tutela contra la administración de la ciudad señalada, buscando que el recibo de las obras no se dilate más y entren en funcionamiento en el menor tiempo posible.

Y es que las obras descritas, finalizadas hace más de cuatro meses, y que tuvieron un costo de 3.500 millones de pesos provenientes del presupuesto del Gobierno departamental, no han podido ser entregadas por parte de la ESPB debido a que la administración de Sogamoso no ha suscrito el acta de recibo aun cuando es su obligación legal debido a que es el municipio (y no otra entidad) el vinculado al Programa Agua para la Prosperidad, Plan Departamental de Aguas (PAP-PDA) desde 2009.

Así mismo, en el Acta No. 66 de concertación técnica, suscrita el 6 de octubre de 2017 entre la gerencia de la ESPB, la gerencia técnica de la ESPB, el alcalde de Sogamoso y el representante legal de la Compañía de Servicios Públicos de Sogamoso (Coservicios), quedó literalmente estipulado que una vez terminadas las actividades y productos realizados en desarrollo del plan de inversiones, el alcalde de Sogamoso, como representante legal del municipio, deberá firmar el acta de recibo a satisfacción, razón por la cual jurídicamente no es posible que sea recibida por Coservicios.

LA ESPB, en repetidas ocasiones (7 de noviembre, 13 de noviembre, 23 de noviembre, 27 de noviembre de 2018), ha solicitado a la administración de Sogamoso para que se suscriba el acta con el fin de solucionar la problemática de disposición de residuos sólidos que aqueja a los 44 municipios de Boyacá, y en ninguna ha recibido respuesta positiva.

En este sentido, la ESPB ha sido clara en diversas oportunidades en que no es posible la entrega de la infraestructura a Coservicios (como lo solicita la propia administración de Sogamoso) ya que jurídicamente no es viable.

“No es permitido entregarle una obra de infraestructura construida con recursos públicos a una empresa de servicios públicos que no hace parte de la política como participante del PAP-PDA, más si se tiene en cuenta que tanto el manual, como el plan de acción firmado por las partes el 6 de octubre de 2017, contemplan la necesidad que las obras ejecutadas sean entregadas al municipio de Sogamoso (…) Tampoco se encuentra acto administrativo suscrito con esta compañía en relación con el contrato de obra No. 001 de 15 de enero de 2018 (que dio inicio a la obra)”, según reitera la ESPB en oficio del 10 de enero de 2019, dirigido al gerente de Coservicios.

Lo anterior, y en idénticos términos, ya el 16 de octubre de 2018 había sido claramente expuesto a la administración de Sogamoso y a la gerencia Coservicios.

Igualmente, se debe señalar que fue el municipio de Sogamoso, y no otra entidad, el que presentó el proyecto ante la ESPD.

En resumen, es necesario recalcar que la facultada legalmente para el recibo de la obra es la administración de Sogamoso y no Coservicios.

La acción constitucional pretende salvaguardar los derechos fundamentales a una vida digna, al medio ambiente sano, derecho a estar en igualdad de condiciones básica con los servicios públicos domiciliarios de los demás habitantes de Boyacá, derecho a la salubridad, y derecho a garantizar la calidad de los servicios públicos de recolección y disposición de residuos sólidos, en conexidad con los derechos a la vida en condiciones dignas y a la salud de los pobladores de los 44 municipios del departamento, que entregaban sus residuos sólidos en el relleno sanitario referido.

Los ciudadanos que han visto vulnerados sus derechos habitan los siguientes municipios: Aquitania, Labranzagrande, Belén, Santa Rosa de Viterbo, El Cocuy, Mongua, Betéitiva, Soatá, Cuítiva, Monguí, Cerinza, Socha, Chiscas, Nobsa, Corrales, Socotá, Duitama, San Mateo, Covarachía, Susacón, El Espino, Paipa, Tasco, Firavitoba, Panqueba, Floresta, Tipacoque, Chita, Gámeza, Pesca, Jericó, Tutazá, Guacamayas, Tibasosa, Paz de Río, La Uvita, Güicán, Tópaga, Sativanorte, Boavita, Iza, Tota, Sativasur y Sogamoso.

La tutela, que fue instaurada en el Tribunal Administrativo de Boyacá, también solicita se “ordene a la Superintendencia de Servicios Públicos, ejercer en debida forma sus acciones de vigilancia y control, frente a la operación del relleno sanitario Terrazas del porvenir de Sogamoso”.

Fuente: Oficina Asesora de Comunicaciones y Protocolo

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