Nación

 lunes 30 de abril de 2018

 

Las Entidades Sin Animo de Lucro (ESAL) están en peligro

Foto: razonpublica.com

Comparte

So pretexto de perseguir a los corruptos, un decreto del Ministerio de Hacienda hace casi imposible la ya difícil tarea filantrópica que adelantan muchas de estas entidades.

Esta noticia la leyeron 29535 personas


Aporta un "Me gusta" a este portal ¡Gracias!


La Reforma Tributaria de 2016 aumentó los impuestos indirectos y regresivos, se los disminuyó a grandes empresas e hizo que los hogares de clases bajas y medias tuvieran que destinar 50.000 pesos adicionales cada mes para el pago de tributos.

Pero además, la reforma dispuso una serie de medidas relacionadas con las Entidades Sin Ánimo de Lucro (ESAL). Las disposiciones a este respecto fueron reglamentadas por el Ministerio de Hacienda mediante el Decreto 2150 de 2017, el cual, al igual que la Reforma Tributaria, fue aprobado sin consultar al sector y en diciembre, época de natilla, aguinaldos y sobre todo de escasa atención a las acciones legislativas de los distintos órganos del Estado.

El argumento que inspiró la reforma podría ser válido en principio: supuestas “entidades sin ánimo de lucro” han sido un instrumento favorito de los políticos corruptos que desvían sumas millonarias aprovechando la debilidad de los controles del Estado sobre las ESAL.

Pero tanto el Congreso como el Gobierno procedieron como si esas prácticas corruptas fueran la regla general o universal entre entidades genuinamente filantrópicas, y este Decreto acabó por apretar al que no era, es decir, por asfixiar a las muchas que hacen bien mientras que las que hacen mal seguramente ya contaban con los abogados y los contadores para cumplir en apariencia todos los requisitos de la nueva ley.

El mal ejemplo de organizaciones “sin ánimo de lucro”, como la Fundación Universitaria San Martín o las “cooperativas” que empleaba el alcalde de Mogotes- para citar apenas dos casos- entidades que abusaron de esa condición para evadir impuestos y construir imperios económicos por fuera del radar de las entidades estatales, acabó por afectar injustamente a los cientos o miles de entidades o emprendimientos meritorios que en buena hora existen en Colombia.

Las ESAL en peligro

Ministro de Hacienda, Mauricio Cárdenas, Financiera del Desarrollo

Al no ser consultado con el sector y no tener en cuenta el origen y la naturaleza de las ESAL, el decreto plantea medidas inalcanzables para la gran mayoría de estas entidades.

Para conservar el régimen tributario especial del que gozan en la actualidad —exención del impuesto de renta y complementarios sobre el beneficio neto o excedente—, estas organizaciones deben realizar un registro ante la DIAN, que entre otros incluye información sobre:

Los fundadores y los miembros de órganos de dirección;
Los estados financieros;
Los reportes anuales con la descripción de todos los proyectos ejecutados o en curso;
La identificación de los donantes, el monto y las condiciones de cada donación, y
Las declaraciones de renta.
Esta información deberá ser subida a la página web de la ESAL solicitante, lo cual obliga a todas las entidades a crear y mantener un portal, con las dificultades que esto puede acarrear, por ejemplo, para organizaciones de lecheros de municipios alejados, no solo por los costos derivados de la obligación sino por la falta de conectividad y profesionales disponibles.

Todas las actividades que desarrollen los miembros de las ESAL deberán hacerse bajo precios comerciales y mediante contratos o actos jurídicos ordinarios. Además, las organizaciones deberán garantizar el pago de seguridad social a los miembros de órganos directivos que perciban remuneraciones.

De entrada esto deja a las pequeñas y medianas ESAL con obligaciones muy altas para adquirir niveles de organización que no tienen debido a las limitaciones financieras y a las estructuras internas que históricamente han mantenido. Muchas de estas exigencias implicarán además la necesidad de contratar servicios de asesoría jurídica, contable y financiera de forma casi permanente, con lo que esto acarrea en términos financieros.

El Ministerio de Hacienda debe suspender esta norma y debe entablar un diálogo con un sector tan importante para el fortalecimiento de la democracia.

Asimismo, se desestimulará el sistema de donaciones, mediante el cual se sostienen economicamente muchas ESAL, ya que las donaciones se tendrán que manejar a través de entidades financieras y los donantes deberán acreditar públicamente su condición ya que la DIAN exigirá sus datos y el monto de los aportes mediante su sitio web.

El Decreto también modifica los beneficios tributarios de los donantes, debido a que sus donaciones ya no serán deducibles del impuesto sobre la renta y complementarios, sino que contarán con un descuento equivalente al 25 por ciento, lo cual naturalmente desalienta a las ya escasas personas naturales o jurídicas que hacen donaciones en Colombia.

El plazo para cumplir con estos requisitos es el 30 de abril de 2018, lo cual, debido al desconocimiento enorme de la norma, a las improvisaciones de la DIAN e incluso a que el manejo de su página web destinada al registro es bastante engorroso – y sobre todo- a las desbordadas obligaciones que impone, le depara un panorama oscuro a todas las ESAL en Colombia.

La importancia de las ESAL y los derechos amenazados

Contrariamente a la idea del Congreso y el Gobierno, las ESAL ya están bajo vigilancia y control para velar porque en efecto se dediquen a satisfacer necesidades de las comunidades- y no a adelantar actividades lucrativas y evadir obligaciones fiscales-.

La Constitución de 1991 y Ley 22 de 1987 señalan claramente que las ESAL serán inspeccionadas y vigiladas por gobernadores, alcaldes y, según su actividad y naturaleza, por entidades como el Ministerio de Educación, el ICBF o las Cámaras de Comercio.

Las ESAL desarrollan actividades valiosas y en ocasiones poco reconocidas. Estas entidades se constituyen por grupos de personas con afinidades frente a determinados temas sociales, con el propósito de perseguir fines altruistas y apoyar o confrontar la labor del Estado en áreas donde existen deficiencias o en sectores donde las entidades gubernamentales no llegan de la manera que deberían hacerlo.

Funcionando solo con los aportes de sus fundadores o donantes, las ESAL son vitales para el fortalecimiento de la democracia y la construcción de ciudadanía.

Ubicadas al margen del Estado, con causas por las cuales no obtendrán beneficios económicos particulares y funcionando solo con los aportes de sus fundadores o donantes, las ESAL son vitales para fortalecer la democracia, vigilar los abusos del Estado y construir ciudadanía, sobre todo en un país con una incipiente organización social, una fracturada deliberación pública debido a las distintas violencias que nos han azotado, un déficit democrático profundizado a partir del Frente Nacional y una marcada orientación hacia el individualismo.

Según Confecámaras, en Colombia existen más de 260.000 ESAL, lo que deja entrever la magnitud del problema en que están las organizaciones sociales legalmente establecidas con la entrada en vigor del Decreto 2150.

A raíz de estas disposiciones, que ponen en riesgo la viabilidad de miles de ESAL, más de 260 organizaciones de todo el país suscribieron una carta al ministro de Hacienda solicitándole la suspensión inmediata de la norma, la apertura de un diálogo vinculante entre el sector y el gobierno y la puesta en marcha de una nueva reglamentación solo cuando existan consensos que garanticen la supervivencia de estas entidades.

Buscando corregir esta medida, la Confederación Colombiana de ONG demandó varios artículos de la Reforma Tributaria relacionados con el régimen fiscal de las ESAL. Entre otros, se ataca la constitucionalidad del artículo que establece que la sociedad civil podrá hacer comentarios frente a las solicitudes de permanencia en el régimen tributario especial que realicen las ESAL ante la DIAN, ya que se podría vulnerar el principio tributario de reserva de ley.

Asimismo, consideran que se estaría violando el derecho a la intimidad de los donantes y al habeas data a raíz de la obligación de publicar en la página web de la DIAN los datos de los donantes y el monto del aporte económico. Por último, se estima que se puede vulnerar el principio de eficiencia al obligar a las ESAL a subir la misma información que le aportarán a la DIAN en sus páginas web propias.

Aunado a esto, algunos analistas señalan que los excesivos requerimientos a las ESAL podrían vulnerar el derecho de asociación y que el Estado podría estar incurriendo en exceso de su potestad reglamentaria.

¿Qué debe hacerse?

El Decreto 2150 de 2017 desconoce la naturaleza de las ESAL y pone en riesgo el futuro de miles de ellas al crear mecanismos que dificultan seriamente su acceso y mantenimiento en el régimen especial.

El avance de la norma tal como está, hará que múltiples organizaciones sociales desaparezcan y fomentará la informalidad en el sector, lo cual va en contravía del discurso oficial sobre el fomento del sector solidario y comunitario.

El Ministerio de Hacienda debe suspender esta norma y debe entablar un diálogo con un sector tan importante para la democracia y el desarrollo del país, con el fin de no erosionar aún más la organización social en Colombia.

Fuente: Darío Arenas.

Esta noticia la leyeron 29535 personas

Cultura Digital, Aporta un "Me gusta" a este portal


Noticias Relacionadas

Grabaciones
Publicidad
Publicidad
Publicidad
Publicidad
Publicidad
Publicidad

Conoce el sistema radial Online del Grupo Red Andina Radio & TV. Donde sus selectos oyentes y visitantes pueden complacer su oido con las mejores notas músicales con un variado listado de emisoras


Copyright © 2021
El uso de este sitio web implica la aceptación de los Términos y Condiciones de Boyacá Radio
Prohibida su reproducción total o parcial, así como su traducción a cualquier idioma sin autorización escrita de su titular Boyacá Radio.


Las Entidades Sin Animo de Lucro (ESAL) están en peligro