Política

 jueves 05 de abril de 2018

 

El Consejo de Estado reconocerá pérdida de investidura de Álvaro Uribe e Iván Duque

Foto: EFE.

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El tribunal examinará si existen méritos para quitarles sus curules por inasistencia en sesiones plenarias.

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El Consejo de Estado aceptó dos demandas de pérdida de investidura, una contra el ex presidente y senador Álvaro Uribe y otra contra el actual candidato presidencial Iván Duque que se basan en las inasistencias de los senadores a las sesiones plenarias del Congreso de la República, teniendo en cuenta el fallo que le quitó la curul a la ex representante a la Cámara, Luz Adriana Moreno Marmolejo.

La petición contra Duque la interpuso, Adriana Posso Rodríguez, quien le dice al Consejo que el congresista faltó a 9 sesiones plenarias entre el 14 de febrero de 2017 y el 20 de junio del mismo año, señalando que no existe justificación válida alrededor de sus ausencias.

La demanda contra Uribe la interpuso el abogado Nixon Torres, quien le manifestó a la corporación: “El Senador Álvaro Uribe Vélez, dejó de asistir en más de seis (6) sesiones plenarias, en las votaciones de los proyectos de ley y proyectos de actos legislativos en cada una de las legislaturas, en sus respectivos periodos, actuando como bancada, es decir, que no solamente no actuó como Senador de forma individual, sino que dicha actitud obedeció a una decisión política de romper las mayorías requeridas o el quórum reglamentario”.

El solicitante recuerda a la decisión del ex presidente y de su bancada de retirarse de las votaciones de los proyectos y reformas con las que no estaban de acuerdo, especialmente en los que tenían que ver con la implementación del acuerdo de paz.

“Donde se discutió el tema de las curules para las víctimas en el procedimiento Fast Track, que por la ausencia de la mitad o menos de la mitad de los congresistas el proyecto no pasó a buen tránsito porque solo participaron 50 senadores”, afirmó el demandante.

El antecedente judicial el Consejo con la sentencia de Moreno, indica que una inasistencia también es considerada cuando un congresista se registra pero se retira de la sesión, más aún, cuando se hace la votación.

La norma es clara en el caso de que si se suman más de seis sesiones plenarias en las que se haya aprobado alguna iniciativa en las que el congresista no estuvo presente, debe perder su curul y se declara su muerte política.

Fuente: AFP.

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