Salud

 martes 28 de febrero de 2017

 

Fijan nuevas fechas para el pago de la seguridad social

Foto: Ministerio de Salud.

Los cambios entran en vigencia a partir del 6 de marzo, de aucerdo con el NIT o el documento de identidad.

Esta noticia la leyeron 30317 personas

Todas las empresas o trabajadores independientes, que hagan pagos a seguridad social y parafiscales deberán realizar sus aportes, bien sea en su modalidad electrónica o asistida, de acuerdo a la nueva tabla la cual inicia el 2do día y finaliza el 16° día hábil de cada mes.


Novedades

Resolución 2388 y 5858 de 2016

Inclusión de reporte de novedades con sus respectivas fechas de inicio y fin, las cuales deben corresponder al mes anterior.
Creación de nuevos tipos de cotizante que presentan calidad de independientes.
Nuevas reglas de Validación en las planillas por parte de los operadores de información, con relación a los cotizantes reportados en la planilla del periodo actual y planillas de meses anteriores que no tengan novedades de Retiro, Licencia no remunerada o Salida al exterior, con el fin de identificar novedades no reportadas por el empleador.
Reporte de múltiples líneas de recaudo por usuario, acorde con las novedades reportadas que afecten el Ingreso Base de Cotización - IBC.
Marca de cotizantes o pensionados, que presentan salida al exterior con sus respectivas fechas de salida.
Actualización obligatoria de datos del empleador, en los meses de enero y julio de cada año de forma obligatoria.
Aportes por periodos inferiores a 30 días, acorde con el ingreso real a laborar (Aplica para independientes).
Reporte de novedades de retiro hasta el quinto (5) día hábil del mes, sin aporte a salud (Aplica para independientes).
Aportes a salud como prepensionado, que tienen en trámite el reconocimiento de su pensión (Aplica para independientes).
Planilla tipo M – Mora, únicamente para periodos a salud anteriores a marzo de 2014.
Planilla tipo N – Correcciones, cuando va realizar correcciones de IBC, cotizaciones o días, para ajuste de tarifa de cotización, ajuste de tipo de cotizante, para reporte de novedades de ingreso y retiro sin pago, que fueron omitidas en la planilla inicial que correspondan al mismo periodo de liquidación, siempre y cuando la presentación de esta planilla se realice a más tardar el último día hábil del mes en que debe realizar el pago.

Decreto 1990 de 2016 (Inicio 6 de marzo de 2017)

Se realiza ajuste en redondeos sobre el monto del Ingreso Base de Cotización – IBC, Aportes a salud (Cotización) y los intereses de mora.
Se unifican las fechas límite de pago, acorde con los dos últimos dígitos de identificación del empleador.
Se implementa la obligatoriedad en el uso de la planilla electrónica, para empleadores que reporten 20 o más cotizantes e independientes que coticen entre cinco (5) salario mínimos legales vigentes o más, es decir ya no podrán hacer uso de la planilla asistida.

Fuente: Decreto 1990 de 2016.

Esta noticia la leyeron 30317 personas

Noticias Relacionadas

Grabaciones
Publicidad
Publicidad

Conoce el sistema radial Online del Grupo Red Andina Radio & TV. Donde sus selectos oyentes y visitantes pueden complacer su oido con las mejores notas músicales con un variado listado de emisoras


Copyright © 2021
El uso de este sitio web implica la aceptación de los Términos y Condiciones de Boyacá Radio
Prohibida su reproducción total o parcial, así como su traducción a cualquier idioma sin autorización escrita de su titular Boyacá Radio.


Fijan nuevas fechas para el pago de la seguridad social