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 jueves 09 de febrero de 2017

 

En los páramos de Santurbán y Miraflores no se están cumpliendo determinaciones legales

Foto: Una idea, una razón.

No se ha acatado fallo de la Corte que prohibió explotación minera, dice informe de la Contraloría.

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El fallo de la Corte Constitucional que prohibió la explotación minera en los páramos no ha sido debidamente acatado en los casos particulares del páramo de Santurbán y el páramo de Miraflores, determinó la Contraloría General la República.

El órgano de control elevó ambas situaciones a hallazgos administrativos con presunta incidencia disciplinaria para Corponor, en el primer caso, y la Agencia Nacional de Licencias Ambientales (ANLA), la Corporación Regional del Alto Magdalena –CAM y Corpoamazonía, en el segundo.
Corponor no tomó acciones administrativas efectivas para acatar la decisión proferida por la Corte Constitucional, en lo que respecta al ecosistema conocido como páramo Jurisdicciones-Santurbán-Berlín.

En el caso del ecosistema páramo de Miraflores, la Corporación para el Desarrollo Sostenible del Sur de la Amazonía (CORPOAMAZONÍA) y la Corporación Autónoma Regional del Alto Magdalena (CAM), no han iniciado las acciones dirigidas a impedir la continuidad de actividades de explotación de hidrocarburos en el bloque VSM-32 del contrato suscrito entre la ANH y la empresa Emerald Energy PLC Sucursal Colombia.

En general, se observa que, aunque hay algunas acciones por parte las Corporaciones Autónomas Regionales y de Desarrollo Sostenible, CARS, dirigidas a la prohibición de actividades de minería e hidrocarburos que ordena la Sentencia C-035 de 2016, “no se han adelantado las acciones suficientes, pertinentes y necesarias para asegurar el efecto esperado”.

Así lo planteó la Contraloría General de la República al revelar los resultados de una Auditoría de Cumplimiento sobre las disposiciones que regulan el proceso de delimitación de páramos en Colombia.

¿Qué se encontró?

La principal conclusión de este informe es que el proceso de delimitación de los páramos no se está cumpliendo de acuerdo a la normatividad que se expidió al respecto, básicamente por dos situaciones:

Las CARs, en su gran mayoría, no elaboraron los estudios sobre el estado actual de los páramos ni los respectivos planes de manejo ambiental. Y el Ministerio de Medio Ambiente y Desarrollo Sostenible ha sido permisivo frente a este incumplimiento, motivo por el cual se le atribuyó también un hallazgo administrativo con presunta incidencia disciplinaria.

De acuerdo a la evaluación realizada por la Contraloría Delegada para Medio Ambiente, con el incumplimiento de la Resoluciones 769 de 2002, 839 de 2003 y 1128 de 2006, proferidas por el Ministerio de Medio Ambiente, “no se está llevando a cabo la protección especial de que deben gozar las zonas de páramo en su conservación y sostenibilidad”.

¿Qué se ha delimitado?

La Auditoría de Cumplimiento, que tuvo como fecha de corte noviembre de 2016 y fue realizada durante los meses de agosto a diciembre del año pasado, determinó que la mayor parte de las superficies de ecosistemas de páramo aún no se encuentra delimitada, o sea el 71,48%.

De estas superficies, el 60,45% corresponde a áreas que se encuentran totalmente desprotegidas, por cuanto no cuentan con ningún instrumento de protección ambiental dentro del Sistema Nacional de Áreas Protegidas.

Avances obtenidos

Unos de los avances que se ha obtenido con el proceso de delimitación de páramos -destaca la Contraloría- es que “La variación de las escalas utilizadas para el Atlas de páramos de Colombia ha tenido un efecto positivo en términos del incremento en la extensión de las áreas identificadas como ecosistema de páramo”.

En este sentido, la superficie total del Atlas de páramos de Colombia llegó a 2,8 millones de hectáreas, con un incremento del 48,19% con respecto a la versión del 2007 (924.548 hectáreas más).

Fuente: Contraloría General de la República.

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