Política

 domingo 01 de enero de 2017

 

Conformarán Consejo Nacional de Participación Ciudadana

Foto: El Nuevo Siglo.

Convocatoria estará abierta hasta el próximo 15 de enero.

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Una de las primeras elecciones que se realizarán en el nuevo año en el país será para escoger a los representantes de las federaciones o asociaciones de Veedurías Ciudadanas, Grupos Étnicos, Asociaciones de las organizaciones de Mujeres, Jóvenes, Comunidad Lgbti y un representante de niños, niñas y adolescentes, que conformarán el Consejo Nacional de Participación Ciudadana 2015-2019.

Este espacio fue creado por la Ley 1757 de 2015, sin embargo a pesar del tiempo que ha pasado, no ha podido integrar a los sectores de población antes señalados, a pesar que esta norma establece que los sectores convocados al Consejo Nacional de Participación cuentan con un plazo de tres meses para definir su representante.

Mediante la Resolución 1575 de 2015, modificada por la Resolución 1627 de 2015, se realizó la convocatoria para la elección de los miembros del Consejo Nacional de Participación Ciudadana, tal como lo establece la Ley, definiendo el procedimiento y cronograma para la convocatoria, designación y postulación de los representantes de las diferentes organizaciones y estudiantes universitarios, y los requisitos mínimos para la postulación y designación de los representantes, según el caso.

No obstante, en las jornadas de elección y designación realizadas en el mes de noviembre de 2015 se declaró desierta la elección del representante de las federaciones o asociaciones de veedurías y de las asociaciones de organizaciones de mujeres.

Como consecuencia, el pasado 21 de diciembre el Ministerio del Interior, a través de la Dirección para la Democracia, la Participación Ciudadana y la Acción Comunal, abrió la convocatoria hasta el próximo 15 de enero de los representantes de las federaciones o asociaciones de Veedurías Ciudadanas, Grupos Étnicos, Asociaciones de las organizaciones de Mujeres, Jóvenes, Comunidad Lgbti y un representante de niños, niñas y adolescentes, que conformarán el Consejo Nacional de Participación Ciudadana 2015-2019

La Constitución Política en los artículos 40 y 270 reconoce el derecho fundamental a participar en la conformación, ejercicio y control del poder político y las formas y los sistemas de participación ciudadana.

El Consejo Nacional de Participación Ciudadana tiene la tarea de asesorar al Gobierno nacional en la definición, promoción, diseño, seguimiento y evaluación de la política pública de participación ciudadana en Colombia.

Los jóvenes

Por el momento no se puede adelantar la elección del representante de los jóvenes en el Consejo Nacional de Participación Ciudadana 2015-2019, pues el Consejo Nacional de Juventud no ha podido conformarse aún por un vacío normativo en la Ley 1622 de 2013, dado que se requiere una modificación de orden legal, que se encuentra en trámite en el Congreso de la República.

No obstante el Ministerio del Interior a través de la Resolución 1541 del presente año decidió autorizar una representación provisional de los jóvenes hasta tanto se produzca la conformación del Consejo Nacional de Juventud y éste elija de manera autónoma su representante.

En este sentido se reconocerá un delegado de las plataformas municipales de juventudes como representante provisional de los jóvenes y su suplente ante el Consejo Nacional de Participación Ciudadana.

Las personas que aspiren a participar en este proceso y deseen ejercer la representación de los jóvenes ante el Consejo Nacional de Participación Ciudadana, deben encontrarse en el rango de edad de 14 a 28 años, al momento de su elección. Si en el ejercicio el delegado supera en edad, asumiría esta representación el suplente designado para ello.

En lo que respecta al periodo para el cual será elegido provisional es hasta tanto se produzca la conformación del Consejo Nacional de Juventud y éste elija de forma autónoma a su representante.

Una situación parecida ocurre con la elección del representante de los grupos étnicos, dado que cada grupo étnico tiene un espacio de concertación distinto, por lo que no ha sido posible conformar un único espacio para elegir representante.

Sin embargo fue autorizado el reconocimiento de un invitado permanente de cada grupo étnico ante el Consejo Nacional de Participación Ciudadana, los cuales serán elegidos por los siguientes espacios de participación: el invitado permanente de los pueblos indígenas, será elegido por la Mesa Permanente de Concertación Indígena. El invitado permanente de las comunidades ROM será elegido por la Comisión Nacional de Diálogo. Un invitado permanente de las comunidades negras y afrocolombianas, un invitado permanente de los raizales y un invitado permanente de los palenqueros, cada uno será elegido por la Comisión Consultiva de Alto Nivel de Comunidades Negras y Afrocolombianas, Raizales y Palenqueras, para que representen a cada comunidad.

Fuente: Mininterior.

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