Nación

 viernes 16 de diciembre de 2016

 

A sanción presidencial proyecto que ratifica derechos laborales a madres comunitarias

Foto: Senado de la República.

El articulado beneficia a cerca de 73 mil madres comunitarias, madres lactantes (FAMI), sustitutas y tutoras que prestan el servicio público de atención integral a la primera infancia en los programas de la Instituto Colombiano de Bienestar Familiar.

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La Plenaria del Senado de la República aprobó el texto de conciliación del Proyecto de Ley, mediante el cual se ratifican los derechos laborales de más de 73 mil madres comunitarias, madres FAMI, sustitutas y tutoras. El articulado es autoría del senador del Polo Democrático, Alexander López.

De esta manera se complementa la Ley 1607 de 2012, la cual reconoció a las madres comunitarias el pago de un salario y las respectivas prestaciones sociales. La norma entró en vigencia en enero de 2014.

Básicamente el punto distintivo entre el Proyecto del senador Alexander López y la Ley 1607 de 2016, es que el primero abre la opción de que las madres comunitarias sean contratadas directamente por el ICBF o mediante las organizaciones conformadas por las mismas.

El artículo 4º del Proyecto de Ley que pasa a sanción presidencial dice:

"Artículo 4°. Del vínculo contractual de las madres comunitarias, madres FAMI, sustitutas y tutoras. La vinculación contractual de las madres comunitarias y FAMI que prestan el servicio público de atención integral a la primera infancia en los Programas del ICBF será de carácter laboral y se adelantará en forma directa con el ICBF o mediante la contratación de las organizaciones conformadas por madres comunitarias, madres sustitutas, tutoras y FAMI. En todo caso, se deberá garantizar su vinculación con vocación de estabilidad laboral y contrato a término indefinido, garantizando todas las prestaciones sociales y de seguridad social a las que tienen derecho".

Durante la conciliación, el senador Álvaro Uribe Vélez, del Centro Democrático, llamó la atención sobre la supuesta retroactividad que tendría el Proyecto de Ley. La inquietud fue inmediatamente despejada por el senador López, quien argumentó que un escenario lo representa la reciente sentencia de la Corte Constitucional respecto al derecho de pensión de 106 madres comunitarias, y otro, el debatido articulado que no tiene ese carácter.

Sentencia: T-480 de 2016

La Corte Constitucional dio trámite de una tutela a favor de 106 madres comunitarias vinculadas al ICBF, en el sentido de garantizarles su derecho a la pensión que es de carácter retroactivo, a partir de 1998.

Proyectos que pasan a tercer debate

En la misma sesión, la Plenaria del Senado también aprobó dos proyectos de ley. Uno, por el que se dictan medidas relacionadas con los contratos de depósito de dinero, de autoría del representante Germán Navas Talero y el proyecto de ley por medio del cual se establece un marco general para libranza o descuento directo, que tuvo como ponente al senador Antonio Navarro Wolf.

Ambos proyectos fueron aprobados en segundo debate y continúan con su trámite a la Cámara de Representantes para tercer debate. La iniciativa del representante Navas tiene como objeto que los establecimientos de crédito puedan ofrecer a sus clientes, en desarrollo del contrato de depósito de dinero, una forma eficiente y segura para que el depositante retire sin ningún costo sus recursos, ofreciéndole al usuario opciones para la realización de dichas operaciones.

Por su parte, la iniciativa del Senador Navarro pretende que cualquier persona natural asalariada o pensionada pueda adquirir productos y servicios financieros o bienes y servicios de cualquier naturaleza, acreditados con su salario, sus prestaciones sociales de carácter económico o su pensión, siempre que medie autorización expresa de descuento dada al empleador o entidad pagadora. Los productos de ahorro que sean adquiridos a través de libranza o descuento directo solo podrán ser ofrecidos por las entidades autorizadas legalmente para el manejo del ahorro del público.

Fuente: BOYACARADIO.COM

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