Nación

 viernes 05 de agosto de 2016

 

Consejo de Estado decretó pérdida de investidura del actual gobernador de Norte de Santander

Foto: Colprensa.

El alto tribunal determinó que el mandatario departamental incurrió en una indebida destinación de dineros públicos cuando fungía como concejal.

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La Sección Primera del Consejo de Estado decretó la pérdida de investidura del actual Gobernador de Norte de Santander, William Villamizar Laguado. En la Sala admitió las pretensiones de una demanda presentada en contra del dirigente político cuando fungía como concejal de Cúcuta.

Al revisar un fallo del tribunal administrativo de Norte de Santander, la Sala consideró que Villamizar Laguado, cuando fungía como concejal, incurrió en una indebida destinación de dineros públicos a los trabajadores del municipio.

Los hechos demandados se presentaron en el año 2002 cuando el entonces concejal Villamizar y otro grupo de 12 cabildantes aprobaron un proyecto para que crearan como factores salariales unas bonificaciones por servicios prestados a los empleados del municipio.

Los funcionarios recibirían además una prima de servicios, subsidio de alimentación y auxilio de transporte, entre otros beneficios. Sin embargo, se consideró, el Concejo de Cúcuta no tenía ese tipo de facultades hecho por el cual se presentó una demanda administrativa en contra de aquellos responsables de aprobar dicho acuerdo.

En fallo de primera instancia el Tribunal Administrativo de Norte de Santander rechazó la solicitud de perdida de investidura en contra de los concejales. Por esto el demandante apeló y el caso llegó al Consejo de Estado, el cual les dio la razón a los demandantes y tomó una decisión de fondo.

Ahora se viene una compleja discusión jurídica. Debido a que la pérdida de investidura se presentó cando era concejal municipal la ley no habla de una “muerte política” hecho por el cual Villamizar podrá continuar por el momento como Gobernador del departamento de Norte de Santander.

Fuentes judiciales aseguraron que esta decisión podría ser la base de una nueva demanda puesto que los accionantes considerarían que existe una inhabilidad para que el mandatario departamental siga en el cargo. Esto generará sin lugar a dudas un debate en un caso que pocas veces se ha visto en Colombia.

El artículo 30 de la ley 617 establece que no podrán ser elegidos como Gobernadores aquellos que pierdan su investidura como congresistas, más no como concejales. La discusión no terminará acá y todavía falta mucho tema de estudio por parte de la jurisdicción administrativa.

Fuente: BOYACARADIO.COM

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