Boyacá

 lunes 15 de enero de 2018

 

Alcaldes deben tener en cuenta Resolución del IGAC para ordenamiento territorial

Foto: Gobernación de Boyacá.

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Mandatarios deben estar pendientes de especificaciones técnicas mínimas de la cartografía básica oficial de Colombia.

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En la Resolución se reglamenta las especificaciones técnicas mínimas que deben tener los productos de cartografía básica oficial de Colombia, producidos o adquiridos por las entidades públicas, así como, los generados por privados para entidades públicas cuando estos son para uso oficial, con el fin de que se establezcan criterios para los procesos de validación.

El proceso de validación procederá respecto al cumplimiento de la Resolución IGAC 1392 de 2016. “Por medio de la cual se adoptan las especificaciones técnicas mínimas que deben tener los productos de la cartografía básica oficial de Colombia”, en todos los productos de cartografía básica producidos o adquiridos por las entidades públicas o generados por privados para entidades públicas cuando estos son para uso oficial.

Así mismo, corresponderá a todo producto obtenido mediante procesos directos de observación y medición de los rasgos naturales, topográficos y de infraestructura presentes sobre la superficie terrestre, sirviendo de base y referencia de uso en cualquier representación gráfica del territorio nacional.

Será responsabilidad de los usuarios de la información cartográfica verificar que la información requerida esté disponible en el banco de imágenes del instituto, y de no estarlo, que los productos cartográficos a adquirir sean validados por parte de la subdirección de geografía y cartografía del Instituto Geográfico 'Agustín Codazzi' por intermedio del grupo de control de calidad, por cuanto solo será procedente el uso de cartografía oficial por las entidades del Estado.

Todos los insumos de información de cartografía básica que se utilicen con fines oficiales, para la formulación de instrumentos de planificación u otros, deberán ser validados previamente por el Instituto Geográfico Agustín Codazzi.

Será responsabilidad de la Subdirección de Geografía y Cartografía del Instituto Geográfico Agustín Codazzi realizar el proceso de validación técnica en cada uno de los productos generados en el proceso cartográfico, como son: imágenes utilizadas, fotocontrol, aerotriangulación, restitución, DTM, ortofoto, clasificación de objetos geográficos y levantamiento de nombres geográficos obtenidos en el proceso de compilación toponímica en campo, base de datos y salida final de los productos cartográficos producidos o adquiridos por las entidades públicas o generados por privados para entidades públicas como insumo de un producto cuando estos son para uso oficial, aplicando el manual de procedimiento “Control de calidad de productos cartográficos con aplicación de planes de muestreo” con código P30900-03/17.V1 de noviembre de 2017.

Fuente: Jaime H Romero R-OPGB.

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